Los trabajadores de Fiji víctimas de las peores violaciones laborales del mundo

 

Esta semana la OIT ha citado a Fiji como uno de los cinco países donde con más gravedad se vulnera la norma fundamental del trabajo de la libertad sindical.

Los otros cuatro países – de una lista de 32 casos examinados – son Argentina, Camboya, Etiopía y Perú.

El pasado mes de septiembre el régimen de Fiji expulsó a una misión de la OIT que estaba de visita en el país para comprobar una serie de denuncias de violaciones laborales presentadas por sindicatos locales.

 

El Consejo de Administración de la OIT, que representa a Gobiernos, trabajadores y empleadores de todo el mundo, hizo público un punzante reproche respecto a la conducta del régimen a través de una resolución tripartita.

Se le solicitó al Gobierno “discutir rápidamente el retorno de una misión de contactos directos de la OIT al país” y llevar a cabo, sin más demora, diversas investigaciones independientes sobre las alegaciones de “agresión física, acoso e intimidación contra dirigentes y miembros sindicales”.

Pero el programa antisindical de la dictadura de Fiji no es nada nuevo en este país.

En diciembre de 2006, el Comodoro Frank Bainamarama se hizo con el poder dando un golpe de Estado militar.

Desde entonces el régimen ha dictado numerosos decretos sumamente represivos que restringen severamente los derechos civiles y políticos de sus ciudadanos y ciudadanas, y que específicamente reducen o eliminan los derechos fundamentales de los trabajadores.

La mayoría de la mano de obra está empleada en el turismo y la agricultura, sobre todo en el sector azucarero.

En 2011 el régimen reavivó su ataque contra los sindicalistas militarizando las fábricas de azúcar, agrediendo a los dirigentes sindicales y mediante una vigilancia y acoso constantes por parte de la policía – incluyendo arrestos y procesamientos infundados.

“Hemos tenido una presencia militar dentro de las fábricas de azúcar que ha ido disciplinando e intimidando a los trabajadores, asegurándose de que no hubiera actividad sindical en el lugar de trabajo; y los sindicatos tenían prohibido quejarse a los empleadores”, explica Felix Anthony, Secretario Nacional del Fiji Trades Union Congress (ver vídeo).

 

Es por eso que durante la última Conferencia Internacional del Trabajo en junio, la OIT expresó su “profunda preocupación por el gran número de incidencias de agresión, acoso, intimidación y arresto de dirigentes y miembros sindicales por el hecho de ejercer su derecho a la liberad sindical.”

Hasta su revocación el 7 de enero de 2012, el Reglamento de Excepción de 2009 otorgaba al régimen poderes ilimitados para prohibir la mayoría de las reuniones públicas en Fiji.

La recién adoptada Enmienda al Decreto relativo al Orden Público (POAD) de 2012 es en muchos sentidos peor que el Reglamento de Excepción de 2009.

 Así pues, establece una amplia definición de “terrorismo”, con severas sanciones, cuya interpretación podría cubrir prácticamente cualquier oposición organizada al régimen militar.

Al igual que antes, las peticiones para organizar reuniones públicas deberán ser aprobadas por el régimen, requiriéndose un preaviso de siete días para la obtención del permiso para llevar a cabo una reunión.

Aunque el Gobierno sostiene que ha suspendido la disposición de la POAD, hace poco la policía interrumpió y puso fin a una serie de reuniones a las que no tenía permitido acceder.

A los tribunales de Fiji también se les retiró la competencia de atender cualquier demanda que impugnara una decisión del Primer Ministro, de los comandantes de la policía o de cualquier funcionario público.

 El régimen promulgó varios decretos que restringen severamente los derechos fundamentales del trabajo tanto en el sector público como en el privado.

Algunos de los decretos eliminan además el acceso a una revisión y recurso judicial por violaciones pasadas, presentes o futuras de dichos derechos o para cuestionar la legalidad de los propios decretos.

Estas extensas reformas se realizaron sin consulta previa con los sindicatos pertinentes.

Los decretos incluyen el Decreto de Enmienda relativo a las Relaciones de Trabajo y el Decreto relativo a las Industrias Nacionales Esenciales de 2011.

El primero enmendó la Promulgación sobre las Relaciones de Empleo (ERP) de 2007 de forma a excluir de su cobertura a todos los trabajadores de la función pública.

En consecuencia, aproximadamente 15.000 trabajadores y trabajadoras de la función pública de Fiji perdieron los derechos fundamentales del trabajo.

También se prohibió a los funcionarios públicos y a sus sindicatos presentar denuncias con arreglo a la ERP ante un tribunal.

El último decreto estipulaba que todas las empresas de los sectores de finanzas, telecomunicaciones, aviación civil y servicios públicos eran “esenciales”.

Con arreglo al decreto los convenios colectivos quedaban anulados y algunos sindicatos locales fueron completamente eliminados.

La ley prohibía asimismo en la práctica que los sindicatos existentes representaran a sus miembros en las negociaciones.

Estas medidas, así como la eliminación de las retenciones en nómina de las cuotas sindicales en el sector público y en industrias esenciales han supuesto un duro golpe para los derechos de los trabajadores y sus instituciones.

Efectivamente, los persistentes efectos del Decreto relativo a las Industrias Nacionales Esenciales (ENID) del año pasado están teniendo unas repercusiones devastadoras y potencialmente irreversibles para los trabajadores y trabajadoras, a quienes se les han arrebatado los logros que habían conseguido en el lugar de trabajo a través de una ardua lucha.

Los sindicatos también están siendo testigos del desmoronamiento de la base de sus membresías y de sus finanzas.

 

 

Este artículo ha sido traducido del inglés.