Guatemala castiga en juicio histórico delitos sexuales durante la guerra civil

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Quince mujeres indígenas de la etnia maya Q’echii ganaron a finales de febrero el primer caso en el mundo que condena en tribunales nacionales los delitos de violencia sexual y esclavitud en el marco de un conflicto armado. El subteniente de artillería Esteelmer Francisco Reyes Girón y el comisionado militar Heriberto Valdez Asig fueron sentenciados, respectivamente, a 120 y 240 años de prisión.

De acuerdo con el colectivo de organizaciones querellantes pertenecientes a la Alianza Rompiendo el Silencio y la Impunidad, el caso Sepur Zarco data de 1982 y debe su nombre a una comunidad que limita los departamentos guatemaltecos de Alta Verapaz e Izabal, donde se instalaron durante la guerra civil de Guatemala aproximadamente seis destacamentos militares, cada uno de ellos con un fin diferente: exterminio, tortura, etc.

Allí, los esposos de las mujeres víctimas fueron catalogados como insurgentes y desaparecidos forzosamente, mientras que las mujeres fueron sometidas a esclavitud doméstica, violencia y esclavitud sexual durante seis meses, sufriendo violaciones a diario, por uno o numerosos soldados (el campamento se estableció como centro de recreación y descanso de la tropa).

Para evitar embarazos tras las violaciones, algunas de las mujeres eran inyectadas u obligadas a tomar medicamentos a la fuerza.

Estos hechos se produjeron poco después de que los habitantes de la zona solicitaran formalmente en propiedad las tierras que laboraban.

Las supervivientes de esta violencia, en su mayoría mujeres monolingües (sin conocimiento de español), analfabetas, hoy ya ancianas y viviendo en una situación de extrema pobreza, fueron apoyadas a través de un proceso de empoderamiento de la organización Mujeres Transformando el Mundo. Esta organización y sus aliados lograron poner una querella y romper el silencio tras más de 30 años de impunidad.

En 2009 la alianza identificó a 15 mujeres para participar en calidad de víctimas durante el juicio. Para éstas se establecieron unas analogías con figuras de animales con el objeto de ayudarles a entender el proceso legal. Así, se representó a las víctimas a través de las mariposas, el juez a través del búho, el Ministerio Público a través del loro, la traductora a través del colibrí, la psicóloga a través de la paloma y los acusados a través del león.

El caso concluyó con una sentencia condenatoria el pasado 26 de febrero que incluye, entre otras medidas reparadoras, declarar el 26 de febrero como el Día Nacional de la Verdad de las Mujeres sobrevivientes de Violencia Sexual, Esclavitud Sexual y Esclavitud Doméstica, incluir en los libros de texto la historia de Sepur Zarco cuando se trate la guerra civil, e incluir en el currículo militar un curso de derechos humanos de las mujeres y de prevención de la violencia contra la mujer.

Además, Reyes Girón deberá pagar quinientos mil quetzales (unos 65.000 USD) a cada una de las mujeres de Sepur Zarco (11 en total) en concepto de reparación individual.

“Consideramos que nosotras hemos desarrollado una estrategia de litigio que conlleva un enfoque de género y pone a las mujeres al centro de todas las acciones a realizar”, explicó a la prensa Paula Barrios, Coordinadora General de Mujeres Transformando el Mundo.

“Para nosotras es muy importante que el proceso legal siempre sea dirigido por las víctimas, que sean (ellas) quienes toman las decisiones en base a las posibilidades que por supuesto el equipo legal les plantea, pero el proceso es de las víctimas y esto marca un empoderamiento y manejo de su propio proceso. Nosotras esperamos que todos los procesos legales de mujeres sean considerados desde una perspectiva de género y defensa de los derechos humanos de las mujeres”, apuntó Barrios como uno de los avances de este caso en temas de jurisprudencia.

Este caso es especialmente relevante por haber logrado que unos tribunales nacionales tuvieran en cuenta los componentes de género y de multiculturalidad, y por impedir tácticas dilatorias en el proceso legal, unas tácticas que han afectado otros casos históricos, entre ellos el del ex general Ríos Montt, presuntamente vinculado al genocidio de la etnia Ixil y cuyo proceso legal ha sido coartado en dos ocasiones pese a tratarse de crímenes de lesa humanidad.

Sepur Zarco se estrenó judicialmente en septiembre de 2011, fecha en la que la Alianza Rompiendo el Silencio y la Impunidad (compuesta por Mujeres Transformando el Mundo, Unión Nacional de Mujeres de Guatemala y el Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial) interpuso una querella penal. Un año después, en septiembre de 2012, las víctimas declararon en anticipo de prueba, y en junio de 2014 se emitieron las órdenes de captura contra los dos acusados, Reyes Girón y Valdez Asig.

El juicio oral abrió en octubre de 2015.

“En ningún país del mundo una corte nacional había juzgado en particular el delito de esclavitud sexual y esclavitud doméstica”, resumió para los medios Leonor Artega, oficial de programa sénior de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF).

“Este caso demuestra que la justicia es posible cuando hay voluntad de los fiscales y de los jueces, cuando hay sistemas penales formados por profesionales valientes y capaces técnicamente que además trabajan con la mirada puesta en las víctimas. Este juicio demuestra que en un país donde existen sectores que lanzan mensajes de odio, se oponen a estos juicios y hay indiferencia de la sociedad, aún con estos factores (en contra), la justicia es posible. También demuestra que el estado de derecho funciona y lo hace a favor de evitar la repetición de crímenes tan horrendos”, evidenció Artega, que ha sido una de las acompañantes de las querellantes.

Julia Barrera, vocera del Ministerio Público de Guatemala, comentó a Equal Times que además del caso Sepur Zarco, otros dos casos del conflicto armado se encuentran abiertos y en proceso en el país, se trata de Molina Theissen, por la desaparición forzada de un menor de 14 años y el caso Creopaz, por abusos en una base militar.

La sentencia del Caso Sepur Zarco puede ser apelada en instancias nacionales y podría llevarse a casación, si bien no hay constancia de momento de que los acusados hayan iniciado trámite alguno.

La violencia sexual es una táctica de guerra considerada como un crimen de lesa humanidad. Según el Programa de Divulgación sobre el Genocido en Ruanda de Naciones Unidas se estima que entre 100.000 y 250.000 mujeres fueron violadas durante los tres meses de genocidio en ese país en 1994; más de 60.000 durante la guerra civil en Sierra Leona en 1991; más de 40.000 en Liberia entre 1989 y el 2003; unas 60.000 en la ex Yugoslavia entre 1992 y 1995; y al menos 200.000 en la República Democrática del Congo desde 1998.

El conflicto armado interno que asoló Guatemala entre 1960 y 1996, uno de los más sangrientos del continente, dejó más de 200.000 muertos y 50.000 desaparecidos.

This article has been translated from Spanish.