Triunfo de El Salvador sobre la minera estadounidense Pacific Rim: una victoria con matices

En octubre de este año, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial (CIADI), decidió a favor de El Salvador en un arbitraje iniciado por la compañía minera estadounidense Pacific Rim Cayman (ahora parte de la empresa australiano-canadiense Oceana Gold), en torno a una disputa sobre la licencia de explotación de la mina El Dorado, un proyecto de extracción de oro ubicado en Cabañas, en el noroeste del país centroamericano.

Desde el inicio, dicho proyecto extractivo generó una fuerte oposición de la población local, así como de diferentes actores de la sociedad civil (tanto nacionales, como internacionales) por los posibles impactos negativos –ambientales y sociales– que dicho proyecto minero podría ocasionar. En este sentido, es importante mencionar que, en El Salvador, a diferencia de lo que ocurre en otros países de Centroamérica, aún no existe la explotación minera a gran escala.

El laudo del CIADI sobre este caso, quizá por ser favorable a un Estado pequeño que se enfrentaba a una empresa minera extranjera (una historia semejante a la de ‘David contra Goliat’); o quizá por el antagonismo que generan los procesos de arbitraje desde el punto de vista de los derechos humanos; o por las consecuencia ambientales negativas de la minería; ha llamado la atención de diferentes actores, ya sean gobiernos, organizaciones o empresas.

Y, aunque el CIADI decidió que la demanda carecía de méritos, lo que implica que El Salvador no tendrá que pagar los 300 millones de dólares que exigía la empresa en compensación por las ganancias potenciales perdidas (lo que equivale al 1% del PIB del país), es importante analizar el resultado con cuidado.

 

Victoria pírrica

El posicionamiento de los Aliados Internacionales contra la Minería en El Salvador nos recuerda que, para El Salvador, esto es una victoria pírrica, ya que algunos impactos negativos ya sucedieron y perduran independientemente del laudo. En este sentido, primero debemos recordar que, durante los 7 años del proceso, el país invirtió más de 12 millones de dólares para su defensa, destinando recursos económicos que hubiese podido usar para resolver problemas sociales.

Pero, aún más importante, debemos recordar que, desde la llegada de la minería, en Cabañas se generó un conflicto en el que se ha documentado la muerte de 5 personas de la comunidad que se oponían a esta actividad, así como amenazas y agresiones varias.

Finalmente, el proceso de arbitraje ha demostrado a otros Estados cómo, cuando un gobierno regula a favor de los intereses o de las posiciones de su población esto puede generar un alto costo económico para el país. Estas consecuencias y la posibilidad de verse envueltos en un proceso de arbitraje contra una empresa, podría disuadirlos de tomar medidas contrarias a los intereses empresariales.

A pesar de los impactos negativos anteriormente mencionados, también cabe citar que, estos 7 años, dejan algunas lecciones positivas.

La primera es la importancia de la organización social en todos los niveles (comunitario, nacional e internacional) para incidir y lograr la protección del medio ambiente y de los recursos naturales. En este sentido, El Salvador ha mantenido durante tres gobiernos una moratoria a la minería metálica, que, aunque aún debe cristalizarse en una ley, ha resultado útil para salvaguardar los intereses de la ciudadanía.

La segunda se refiere a cómo diferentes mecanismos de protesta y exigibilidad han permitido (aunado a una cláusula de apertura) un mayor involucramiento en el proceso de las organizaciones y de las personas posiblemente afectadas por la empresa.

Por último, el laudo positivo da la esperanza de que, en algunos casos en donde la empresa no haya cumplido con las regulaciones nacionales, se puede lograr un fallo a favor del Estado.

No obstante, otra cuestión fundamental a tener en cuenta al analizar el laudo y el balance de resultados, es la brecha en la regulación y la protección de los intereses de las empresas y de la ciudadanía. Es decir, el proceso exhibe la inmensa diferencia entre los recursos que tienen disponibles las empresas, como Pacific Rim y Oceana Gold, para proteger sus intereses (e inversiones), en contraste con los escasos recursos que tienen la ciudadanía, las víctimas y otras potenciales víctimas para proteger sus derechos humanos ante actividades empresariales.

En este sentido, llama la atención que la empresa pudo iniciar un proceso de arbitraje, a pesar de no haber seguido las regulaciones del Estado; en contraste, el Estado se vio amenazado por querer proteger sus recursos hídricos mediante esta moratoria.

Es precisamente por la existencia de esta brecha que resulta relevante la reciente discusión sobre un tratado internacional vinculante que regule la responsabilidad de los Estados (incluyendo los Estados de origen) y de las empresas, en materia de derechos humanos. En este sentido, los esfuerzos realizados en la reciente segunda sesión del Grupo Intergubernamental para la elaboración de dicho instrumento resultan una alternativa a largo plazo relevante. De igual forma, el caso nos arroja por qué el tercer pilar de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de la ONU, aquel que aborda el acceso a remediación, debe impulsarse para generar mecanismos que permitan el acceso a la justicia.

En otras palabras, el caso nos señala la urgencia de buscar mecanismos para proteger los derechos humanos y aumentar esa protección. Es decir, generar mecanismos judiciales y extrajudiciales que permitan nivelar el terreno.

Sin duda, el caso en cuestión exhibe varias realidades que deberían considerarse en relación a los derechos humanos, las industrias extractivas y los procesos de arbitraje. También, las lecciones aprendidas pueden ser útiles para otros Estados y organizaciones involucrados en procesos similares; específicamente, si consideramos que, desde 2013, el think tank Institute for Policy Studies, con sede en Washington, detectó un aumento en el número de procesos de arbitraje contra países de América Latina relacionados con el sector minero-energético.

This article has been translated from Spanish.