Derechos humanos: convidados con voz en tiempos de austeridad y crisis de la deuda en la UE

Derechos humanos: convidados con voz en tiempos de austeridad y crisis de la deuda en la UE

Graffiti illustrating one of the priorities of the Juncker Commission: a deeper and fairer economic and monetary union.

(EC-Audiovisual Service)

Evaluar la respuesta de las instituciones y los Estados miembros de la Unión Europea a la crisis de la deuda soberana desde la perspectiva de los derechos humanos fue la piedra angular de una visita que realicé recientemente a las instituciones de la UE en calidad de experto independiente de las Naciones Unidas. Mi punto de vista a este respecto puede consultarse en un informe presentado al Consejo de Derechos Humanos de la ONU en marzo de 2017.

En este informe sostengo que la Comisión Europea tiene la obligación jurídica de garantizar que todo memorando de entendimiento que firme sea compatible con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el derecho internacional de los derechos humanos que vincula a sus Estados miembros. En este ámbito se incluye el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ratificado por todos los Estados miembros de la UE.

Aun cuando los Estados miembros de la Unión Europea en general han incrementado su gasto en protección social a modo de respuesta a la crisis financiera, Chipre, Grecia, Irlanda, España y Portugal han experimentado rigurosos recortes del gasto en diversas esferas, entre las que figuran la educación, la atención sanitaria, las prestaciones sociales para las familias y los niños, así como para las personas con discapacidad. Al mismo tiempo, se han reducido los fondos destinados a luchar contra la pobreza y la exclusión social. Es una tragedia que los países más afectados por la crisis financiera hayan experimentado algunos de los mayores recortes de gastos en diversos ámbitos de la protección social.

La importancia de la tarea consistente en asegurar la estabilidad financiera y controlar la deuda pública no deja lugar a dudas.

Sin embargo, me preocupa profundamente el cambio de paradigma que ha empezado a arraigarse en la Unión Europea en los últimos años. Ahora se tiende a socavar un enfoque antes equilibrado, que garantizaba la estabilidad económica, la igualdad y la cohesión social, para dar paso a una visión en la que se presta mayor atención a la disciplina presupuestaria y a la competitividad.

Lamentablemente, las políticas de austeridad han coincidido a menudo con el menoscabo de los derechos económicos, sociales y culturales. A la par, las desigualdades en materia de ingresos y riqueza han aumentado en la Unión Europea y sus Estados miembros. Las políticas de consolidación fiscal y de reforma estructural aplicadas en Chipre, Grecia, Irlanda, Portugal y España han intensificado la recesión económica e incrementado con creces el desempleo y la pobreza. Los severos recortes en el gasto público en materia de protección social, atención sanitaria y educación dan paso a la duda cuando nos preguntamos si se ha concedido suficiente prioridad a la protección de los grupos vulnerables contra los efectos de la crisis.

En el informe destaco varios esfuerzos desplegados por la Comisión Europea con miras a mitigar las consecuencias de la crisis económica y financiera. Entre estos esfuerzos, subrayo, por ejemplo, la Iniciativa de Empleo Juvenil destinada a abordar el desempleo de los jóvenes, aprobada por el Consejo Europeo en 2013. También menciono la Recomendación Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas publicada por la Comisión Europea el mismo año. Además, celebro el considerable esfuerzo realizado por la Unión Europea para incorporar un enfoque basado en los derechos humanos en su política exterior y de cooperación para el desarrollo, tal como lo establece en su Plan de Acción sobre Derechos Humanos y Democracia.

No obstante, es necesario reforzar la coherencia normativa en el ámbito de las políticas exteriores e interiores de la Unión Europa en lo que se refiere a los derechos humanos. No puede argumentarse que aquello que puede aplicarse en beneficio de los titulares de derechos en el exterior de la Unión Europea no pueda aplicarse en el interior en beneficio de sus propios ciudadanos y residentes. Por lo tanto, es preciso que en las recomendaciones específicas de cada país y los préstamos de las instituciones europeas a sus propios Estados miembros prime un enfoque basado en los derechos humanos.

Es positivo que la Comisión Europea haya publicado en abril de 2017 su visión final sobre un Pilar europeo de derechos sociales. A mi juicio, no cabe la menor duda de que el resultado se ha beneficiado de un proceso consultivo y supone un planteamiento basado en los derechos más rotundo que el que presentaba en sus documentos de trabajo iniciales.

Pilar de derechos sociales de la Unión Europea, una evaluación desigual

Los 20 principios del pilar europeo de derechos sociales afirman el derecho a una “educación inclusiva y de calidad”, unas “prestaciones de renta mínima adecuadas que garanticen una vida digna a lo largo de todas las etapas de la vida” y “un acceso oportuno a asistencia sanitaria asequible, de carácter preventivo y curativo y de buena calidad”. Asimismo, reflejan a su vez un esfuerzo de dar seguimiento a las tendencias y resultados del pilar europeo de derechos sociales a través de un “marcador social” en los países de la Unión Europea utilizando para ello un conjunto de indicadores. Aun cuando estos elementos son muy positivos, la garantía de seguimiento y rendición de cuentas debe ir más allá de la mera recopilación de datos sobre un conjunto limitado de indicadores. También es importante examinar en qué medida las consideraciones relativas a los derechos económicos y sociales se integrarán plenamente en el Semestre Europeo de coordinación de políticas económicas, en las recomendaciones específicas por país y los programas de asistencia financiera apoyados por la Comisión Europea.

Además, me hubiera gustado que se hiciera mayor referencia a los correspondientes tratados internacionales de derechos humanos, en particular los que son vinculantes para todos los Estados miembros de la Unión Europea. Aun cuando en la Comunicación sobre el pilar de los derechos sociales se menciona la Carta Social Europea, cabe preguntarse por qué no se menciona ni una sola vez en el documento, por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, vinculante para los Estados miembros de la UE en su conjunto.

El pilar de los derechos sociales no solo debería aplicarse a los Estados de la zona euro, sino también a aquellos miembros de la Unión Europea que deseen adherirse voluntariamente; el pilar debe convertirse en un denominador común para todos los Estados miembros de la UE.

Los derechos humanos, incluyendo los sociales, son indivisibles, por lo que no debería existir una “velocidad de ejecución” diferente para los derechos sociales. Esta discrepancia ha de evitarse especialmente si existe el deseo de fomentar la cohesión social en toda la Unión Europea.

En algunos aspectos de la integración económica cabe la posibilidad de velocidades variables, pero de ninguna manera debe aplicarse la misma vara de medir a las obligaciones en el ámbito de los derechos humanos que incumben a todos los Estados miembros de la UE.

Por último, debemos velar por que se apliquen los derechos sociales. El pilar, como se indica en la Comunicación, no puede ser aplicado directamente por las personas que viven en la Unión Europea. Con el fin de capacitarlas para ello, la legislación tanto de la UE como la nacional debe garantizar que tengan acceso a recursos eficaces.

Los programas de reforma económica deben someterse a evaluaciones de impacto social y sobre los derechos humanos. Estas evaluaciones deben realizarse en consulta con los titulares de dichos derechos y con la sociedad civil. Deben ser más que un mero ejercicio de marcar casillas. Por otra parte, las evaluaciones de los programas de reforma anteriores no deberían solamente analizar si lograron reducir los déficits presupuestarios, restaurar la sostenibilidad de la deuda o aumentar el crecimiento económico, sino también si garantizaron una distribución justa y equitativa de la carga del ajuste entre la sociedad.

Estas observaciones me llevan a comentar un proyecto de seguimiento que el Consejo de Derechos Humanos me ha pedido realizar: guías sobre cómo llevar a cabo evaluaciones de impacto de las políticas de reforma económica sobre los derechos humanos. Quisiera invitar a todos, incluyendo a la Comisión Europea, a las instituciones financieras internacionales, a las instituciones nacionales de derechos humanos, a las organizaciones de la sociedad civil y a los interlocutores sociales a participar en este proceso. Con este fin, he publicado una convocatoria pública de contribuciones.

Desde mi punto de vista, las evaluaciones de impacto de los derechos humanos deben llevarse a cabo antes de que se aborden y diseñen las medidas de austeridad, así como las reformas de pensiones o del mercado de trabajo. A la larga, espero que las guías proporcionen a los gobiernos y a las instituciones financieras internacionales una mejor herramienta para llevar a cabo dichas evaluaciones sobre las normas internacionales existentes en el ámbito de los derechos humanos. Tenemos que aprender de los errores del pasado. Creo que es posible evitar el sufrimiento que aún padecen muchas personas en Grecia. No existe ninguna necesidad de que se produzca semejante erosión de los derechos económicos, sociales y culturales en Europa.