Marcamos un hito histórico con el Convenio sobre la violencia y el acoso, ahora toca trabajar para verlo implementado

El estallido de euforia en la sala lo dijo todo. Los trabajadores, los gobiernos y, sí, también algunos empleadores se pusieron de pie para celebrar la aprobación del Convenio sobre la violencia y el acoso 2019 por parte de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT). Atrás quedaba un camino arduo y complejo de 10 años de campaña sindical. Fue, asimismo, una forma idónea de conmemorar el centenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Esta travesía comenzó con la necesidad de convencer a los delegados de los gobiernos y de los empleadores en la OIT de que eran necesarias normas internacionales para abordar la violencia de género contra las mujeres. Una resolución aprobada por la CIT en 2009 reconoció el impacto devastador que ejerce la violencia de género en la dignidad, la seguridad y la autonomía de las mujeres en el trabajo, excluyéndolas a menudo por completo de la fuerza laboral. La resolución exigía la prohibición de la violencia de género en el lugar de trabajo y la implementación de políticas, programas, legislación y otras medidas para prevenirla.

Conscientes de que la protección en la legislación contra la violencia de género en el trabajo difería enormemente entre países, los sindicatos inmediatamente pidieron a la OIT, en su conferencia anual del trabajo, que negociara una ley laboral (o convenio) internacional vinculante para prevenir la violencia de género contra las mujeres en todo el mundo.

Para que la Conferencia Internacional del Trabajo pueda participar en el establecimiento de normas, el Consejo de Administración de la OIT debe aceptar que existe un problema y que es preciso abordarlo. Aun cuando algunos gobiernos apoyaron la idea de una norma vinculante desde el principio, fue preciso convencer a muchos otros. Además, el grupo de empleadores dentro de la OIT se opuso firmemente, argumentando que, si bien el tema era importante, no eran necesarias nuevas normas legales.

El movimiento sindical y los grupos aliados de la sociedad civil organizaron una campaña concertada exigiendo apoyo para un convenio de la OIT. Tras varios años de va y viene, en 2015, la OIT finalmente inició un proceso de establecimiento de normas sobre “la violencia contra las mujeres y los hombres en el mundo del trabajo”, reconociendo que, si bien las mujeres corren un riesgo mucho mayor, todos pueden verse afectados por la violencia en el trabajo.

La adopción de las normas de la OIT es un proceso largo que implica, como en este caso, cuatro años de consultas con gobiernos, sindicatos y empleadores, informes de expertos, reuniones de expertos y negociaciones tripartitas. En este lapso, salieron a la luz revelaciones explosivas de acoso y agresiones sexuales en la industria del entretenimiento, que se extendieron por las redes sociales a través del movimiento #MeToo (#Yotambién), reforzando así la magnitud y la urgencia del problema.

Si las mujeres en posiciones relativas de seguridad, poder e influencia habían soportado en silencio acoso y agresiones sexuales durante tanto tiempo, ¿cuánto peor debe ser la situación para la trabajadora de la confección, la empleada del hogar, la vendedora ambulante, la trabajadora del transporte, la trabajadora de la hostelería o la trabajadora sanitaria?

El conjunto de normas del trabajo más amplio que ha existido hasta ahora

El 21 de junio de 2019, se marcó un hito histórico. El Convenio sobre la violencia y el acoso (C190), y la Recomendación que lo acompaña (R206), quizá sea el conjunto de normas del trabajo de mayor alcance adoptado hasta ahora por la OIT; establece, efectivamente, el derecho de todos a un mundo de trabajo libre de violencia y acoso. Al definir la violencia y el acoso como un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, el convenio se centra en el daño que puede causar, ya sea físico, psicológico, sexual o económico. Asimismo, reconoce y define las especificidades de la violencia y el acoso de género.

El convenio se aplica a todos los sectores, tanto en la economía formal como en la informal, y las zonas rurales y urbanas. Cubre a todos los trabajadores, independientemente de su situación contractual, e incluye a las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo. Asimismo, reconoce que aquellas personas cuya experiencia de la violencia y el acoso se ve exacerbada por la discriminación y la desigualdad deben contar con una protección más importante y enérgica. El convenio no deja a nadie atrás.

El C190 extiende el concepto del mundo del trabajo más allá del lugar de trabajo físico inmediato, cubriendo situaciones vinculadas o derivadas del trabajo, tales como desplazamientos relacionados con el trabajo, viajes o actividades sociales y el “ciberacoso”, y exige que también se tenga en cuenta y se aborde la violencia y el acoso que impliquen a terceros, ya sean clientes, pacientes o miembros del público.

Exige medidas para mitigar el impacto de la violencia doméstica en el mundo del trabajo, proporcionando a las víctimas vías de recurso y reparación que de otro modo podrían perder su trabajo o verse obligadas a elegir entre su ingreso económico y su seguridad.

El enfoque de este convenio innovador y visionario es reconocer que la violencia y el acoso por motivos de género es un problema sistémico arraigado en relaciones de poder desiguales y abusivas tanto en la sociedad como en el mundo del trabajo, y en sistemas de opresión que se cruzan entre sí.

Hace un llamamiento a los gobiernos para que implementen las medidas legislativas y políticas necesarias para prevenir, exponer y remediar la violencia y el acoso (basados en el género), incluida la atribución de líneas claras de responsabilidad.

El desafío consiste ahora en asegurar una amplia ratificación e implementación del convenio 190. Uruguay parece convertirse en el primer país en ratificarlo y es alentador comprobar que otros países, como Namibia, Sudáfrica, Uganda, Bélgica, España, Francia e Irlanda, han manifestado su deseo de ratificar el convenio lo antes posible. Los sindicatos y los movimientos aliados deberán movilizarse nuevamente para asegurar que lo hagan. El 7 de octubre, la Jornada Mundial por el Trabajo Decente, los sindicatos unen su voz para exigir el derecho de todos los trabajadores de la economía del cuidado a salarios vitales, a la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor y a entornos de trabajo seguros y saludables, libres de discriminación, violencia y acoso.

El Convenio 190 y la Recomendación 206 ofrecen esperanza y confianza. Esperanza de que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo puedan convertirse en una lacra del pasado. Y la confianza en el poder de los trabajadores organizados, especialmente en el de las mujeres en los sindicatos, para transformar nuestra realidad laboral.