La larga batalla jurídica por la salud de los trabajadores taiwaneses de la electrónica

La larga batalla jurídica por la salud de los trabajadores taiwaneses de la electrónica

RCA workers rejoice at the announcement of the second Supreme Court decision on 11 March 2022 in Taipei City, Taiwan.

(Chang Jung-Lung)
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A finales de la década de los años 1960, el Gobierno autoritario de Chiang Kai-shek invitó a la empresa estadounidense Radio Corporation of America (RCA) a trasladar parte de su proceso de fabricación de televisores a Taiwán. Para la empresa, que ya había invertido en México, el objetivo de la operación era reducir los costos de producción y beneficiarse de una mano de obra joven, dócil y bien formada, compuesta principalmente por mujeres. En cuanto al régimen taiwanés, su interés residía en la transferencia de tecnología como medio para desarrollar las industrias del país.

Al cabo de veinte años, esta estrategia dio resultado para ambas partes. Las fábricas situadas en la isla habían producido los beneficios previstos y levantado los cimientos de una industria electrónica que sigue haciendo su fortuna. Hoy día, el dominio mundial de empresas como TSMC y UMC en el mercado de semiconductores constituye una rica fuente de ingresos y una baza geopolítica para Taiwán, que siempre se encuentra ante la amenaza de una invasión china.

Sin embargo, en 1992, cuando Taiwán emprendía el rumbo hacia la democracia, la RCA cerró sus fábricas en la isla para trasladar la producción a China, donde los niveles salariales eran aún más bajos. Dos años más tarde, en Taiwán, en los alrededores de la principal fábrica de la empresa en Taoyuan, cerca de la capital Taipéi, se descubrió que los suelos y las aguas subterráneas estaban fuertemente contaminados por sustancias tóxicas como el disolvente tricloroetileno. Poco después, los trabajadores descubrieron que a varios de ellos se les habían diagnosticado diversos tipos de cáncer.

Una larga batalla por el reconocimiento

Con la ayuda de la Asociación Taiwanesa de Víctimas de Accidentes Laborales (TAVOI, por sus siglas en inglés), los trabajadores de la RCA, en su mayoría mujeres, determinaron que más de 1.500 personas que habían trabajado en la fábrica en las décadas de los años 1970 y 1980 habían contraído un cáncer, dolencia de la que ya habían fallecido varios centenares de trabajadores. La asociación TAVAOI también detectó otros problemas de salud, en particular una tasa anormalmente alta de abortos espontáneos. A algunos antiguos empleados varones de RCA Taiwán también se les había diagnosticado un cáncer.

Tras tomar la decisión de iniciar una demanda colectiva, el primer obstáculo para los trabajadores fue la necesidad de identificar las numerosas sustancias químicas a las que habían estado expuestos. Todo intento de obtener el reconocimiento del origen profesional de una enfermedad por parte de las aseguradoras de los distintos sistemas de seguros públicos y privados siempre es difícil. Lejos de defender la salud de los trabajadores, la tendencia en la mayoría de los procedimientos es intentar restar importancia a los riesgos inherentes a los lugares de trabajo, y los abogados de las empresas recurren a todo tipo de argumentos falaces para exonerar a sus clientes.

En el caso de RCA, las investigaciones se complicaron aún más por el hecho de que la empresa no había dejado ningún registro, gracias a un misterioso incendio que se produjo en 1994. Y para colmo, la empresa había cambiado de manos y de nombre varias veces en el espacio de unos pocos años. En 1986, la RCA fue comprada por el grupo estadounidense General Electric, que la traspasó en 1988 al grupo francés Thomson-CSF, hoy Technicolor.

No obstante, aunque las empresas intenten borrar la memoria de las condiciones de trabajo, el suelo contaminado deja un legado duradero.

Las mujeres y todos aquellos que las apoyaban, científicos, abogados y militantes, consiguieron finalmente identificar las sustancias a las que habían estado expuestas, gracias a los informes de la inspección del trabajo y a diversos documentos que revelaban la gravedad de la contaminación del subsuelo de la fábrica. También se descubrió que la dirección no solo estaba al tanto de la contaminación, sino que había ocultado deliberadamente la información pertinente cuando la fábrica fue revendida en 1992.

Gracias a esta documentación, complementada con los testimonios de los trabajadores y la ayuda de expertos, los abogados de los demandantes consiguieron identificar un total de 31 sustancias tóxicas que se habían utilizado en las fábricas de RCA. Entre ellas destacan disolventes orgánicos como el tricloroetileno y otros cancerígenos como el benceno. Además, las investigaciones demostraron que los trabajadores estaban expuestos a estas sustancias sin más protección que unas mascarillas de papel ineficaces, en locales cuya ventilación era muy deficiente o incluso sin protección alguna y sin control médico. Los recipientes que contenían las sustancias no estaban etiquetados y el aire del interior de los locales estaba cargado de disolventes y humos de soldadura.

Y lo más grave es que las investigaciones demostraron que, para ahorrar dinero, la dirección de la fábrica bombeaba agua de la capa freática contaminada para satisfacer las necesidades de los trabajadores. La mayoría de las mujeres estaban alojadas en el mismo lugar y bebían esta agua contaminada y la utilizaban a diario para preparar la comida y para su higiene personal. Las perforaciones realizadas demostraron que esta agua contenía concentraciones de tricloroetileno más de mil veces superiores al nivel permitido para el agua potable. De este modo, los trabajadores se intoxicaban al tener que manipular disolventes y otras sustancias químicas, y también al beber agua contaminada por estas mismas sustancias. La dirección de la fábrica, por su parte, recibía agua embotellada.

¿Cómo demostrar el vínculo de causalidad?

Este caso implica un amplio espectro de sustancias químicas y enfermedades, entre las que figuran diversas formas de cáncer. Salvo raras excepciones, como el mesotelioma pleural, que resulta de la exposición al amianto, los tipos de cáncer suelen estar causados por múltiples factores.

Esto significa que, aun cuando pueda demostrarse que el número de casos de cáncer entre los trabajadores es superior al normal, a las víctimas les resultará por lo general extremadamente difícil demostrar de forma concluyente que existe una relación causal entre sus condiciones de trabajo y su estado de salud. Se les exige que hagan lo imposible, es decir, que demuestren “más allá de toda duda razonable” que su enfermedad fue causada por una sustancia que estaba presente en su entorno laboral y no por otras formas de exposición presentes en su vida privada.

En una sentencia dictada en abril de 2015, el tribunal de primera instancia sostuvo que la carga de la prueba impuesta a las víctimas solo podía dar lugar a una denegación de justicia. Según el tribunal, bastaría con que los demandantes demostraran que, sobre la base de los conocimientos médicos existentes, las decisiones adoptadas por su antiguo empleador, en particular la obligación de utilizar disolventes orgánicos sin la protección adecuada, habían contribuido a aumentar los riesgos para su salud.

En su sentencia, el tribunal dictaminó que, a la luz de los estudios epidemiológicos y toxicológicos existentes, era razonable concluir que las enfermedades de los demandantes estaban relacionadas con al menos cuatro de las sustancias tóxicas en cuestión.

Alentadas por esta decisión, un segundo grupo de mujeres, formado por unas 1.100 extrabajadoras, interpuso otra demanda.

Sin embargo, no se tuvieron en cuenta algunos aspectos importantes, lo que obligó al primer grupo a presentar un recurso. En primer lugar, el tribunal no tuvo en cuenta el efecto agravante de un cóctel tóxico de más de 30 sustancias al que habían estado expuestos los trabajadores, lo que había contribuido a desestimar la demanda de 70 demandantes. Además, el tribunal había descartado la responsabilidad de la empresa matriz, la estadounidense General Electric Company.

Como se demostró en Italia, en el proceso contra el gigante del amianto Eternit, los directivos de las empresas a veces se refugian tras un velo corporativo. Un complejo entramado de sociedades pantalla y participaciones cruzadas permite camuflar la implicación financiera de determinados agentes sin infringir la ley y blindarlos contra cualquier acusación posterior.

En el caso de RCA, entre julio de 1998 y enero de 1999 la empresa y sus sociedades matrices habían transferido 112 millones de euros a Francia y otros países para garantizar su insolvencia en caso de procesos judiciales. En su sentencia, el tribunal de primera instancia subrayó la necesidad de evitar que los accionistas eludieran su responsabilidad abusando de la condición de persona jurídica de la empresa para crear una situación en la que sus acreedores quedaran sin vías de recurso.

Por esta razón, a la par de RCA, la sociedad francesa Technicolor también fue declarada responsable y condenada a pagar una indemnización. Engañado por la defensa, el tribunal de primera instancia había eximido a General Electric de esta responsabilidad. Sin embargo, el tribunal de apelación consideró que, si bien General Electric había comprado RCA solamente en 1986, no por eso era menos responsable del pasivo contraído por RCA Taiwán desde su creación en 1968. Por último, RCA y sus sociedades matrices, General Electrics y Technicolor (alias Thomson Electronics), así como Thomson Bermuda, sociedad fantasma con sede en un paraíso fiscal, fueron declaradas “solidariamente responsables”.

Prescripción extintiva

Otra forma que tiene la empresa de eludir su responsabilidad es invocar la expiración del plazo de prescripción entre el brote de una enfermedad y la acción judicial. No cabe duda de que esta maniobra es una opción cómoda, ya que los síntomas de las enfermedades en cuestión pueden no aparecer hasta 10, 20 o 30 años después de la exposición. En Italia, el inculpado en el caso Eternit fue absuelto por estos motivos en noviembre de 2014, cuando el Tribunal Supremo de Roma dictaminó que el plazo de prescripción había dado comienzo en la fecha en que la fábrica había cerrado y no en la fecha en que habían aparecido los síntomas, como había dictaminado el tribunal de Turín.

En el caso de RCA, por el contrario, el tribunal consideró que el plazo de prescripción de solo dos años podía comenzar solamente en el momento en que las víctimas habían sido informadas de su exposición a sustancias tóxicas y de las posibles repercusiones sobre su salud, así como del derecho a solicitar una indemnización y del procedimiento que debía seguirse.

Por consiguiente, el plazo de prescripción dio comienzo cuando los peritos declararon ante el tribunal, proporcionando por primera vez a las víctimas una opinión científica sobre la posible relación entre su empleo anterior y sus enfermedades actuales.

Hasta entonces, “los demandantes no tenían forma de saber si los actos ilícitos cometidos por la demandada RCA constituían un daño industrial en materia de salud pública”*. Esta decisión puso el reloj a cero al dictaminar que la prescripción no debe utilizarse como estratagema para permitir a los empleadores eludir su responsabilidad.

Este punto es crucial porque, en la mayoría de estos casos, el tiempo no está del lado de las víctimas, no solamente porque los demandados apuestan por la erosión, deliberada o no, de las pruebas y la prescripción de los plazos legales, sino también porque la esperanza de vida de las víctimas será tanto menor cuanto más prolongada e intensa haya sido su exposición.

Daños a largo plazo

En este contexto la vida cotidiana de los trabajadores expuestos está plagada de incertidumbre. Los que no han padecido cáncer viven con el temor de que este se les declare, o de ver morir uno a uno a sus compañeros de trabajo. Siempre se preguntan quién será el próximo. Por su parte, quienes ya han contraído el cáncer se preocupan por sus descendientes. Algunas demandantes que padecen cáncer de cuello uterino o de ovarios han visto cómo sus hijas e incluso sus nietas contraían endometrioma ovárico, una enfermedad que, aun sin ser mortal, sigue siendo muy incapacitante.

En octubre de 2017, el Tribunal Superior de Taipéi confirmó el rechazo de la invocación de la prescripción por parte de la defensa, y su sentencia reconocía ahora la responsabilidad de todos los demandados, incluida General Electric. Se reconocieron más víctimas y se aumentó ligeramente el importe de las indemnizaciones. Por último, y muy importante, la sentencia ahora tenía en cuenta 31 sustancias químicas y su impacto sobre la salud, pero las empresas presentaron un recurso de casación.

En agosto de 2018, el Tribunal Supremo de Taiwán confirmó la sentencia de apelación sobre el nexo causal entre la exposición a las sustancias tóxicas y las afecciones más graves, tales como los diversos tipos de cáncer. El tribunal también reafirmó la responsabilidad de todas las empresas matrices, considerando incluso que, en el presente caso, ocultarse tras un velo corporativo era un “abuso de derechos”. Tras 16 años de disputas judiciales, esa primera decisión fue una muy buena noticia, pero solo para la mitad de los demandantes, porque el caso se devolvió al Tribunal Superior para que se pronunciara sobre los demás, que también habían estado expuestos al cóctel tóxico pero no habían contraído cáncer ni ninguna otra enfermedad grave, o al menos todavía no lo habían hecho. En marzo de 2020, el Tribunal Superior rechazó finalmente la alegación de causalidad, y está pendiente de nuevo un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Mientras tanto, en diciembre de 2019, el segundo grupo de unos 1.100 demandantes ganó su caso en primera instancia sobre los principales puntos en litigio, y el importe de la indemnización se incrementó aún más hasta una media de unos 70.000 euros por demandante. En una sentencia sin precedentes, que tuvo en cuenta los posibles efectos genotóxicos que pueden causar daños irreversibles en el ADN, el tribunal también reconoció el derecho a una indemnización por ansiedad a aquellos demandantes que no han contraído cáncer u otras enfermedades graves, o que aún no lo han hecho.

Indemnización por ansiedad

El 11 de marzo de 2022, el Tribunal Supremo volvió a pronunciarse sobre el caso de las trabajadoras que aún no habían contraído cáncer, pero esta vez enfocó el asunto desde una perspectiva totalmente distinta. “El derecho a la salud”, sostuvo el tribunal, “no solo protege la integridad física y psíquica de las personas, sino que también abarca su autonomía personal y su dignidad, la tranquilidad de su mente o sus emociones y otros factores que afectan a su salud mental”*.

A continuación, el tribunal señaló que los demandantes, al igual que sus compañeros de trabajo que padecían un cáncer u otra enfermedad, también habían estado “expuestos a un entorno contaminado por sustancias químicas tóxicas que superaban el límite legal”* y, por lo tanto, tenían motivos para temer un daño comparable. En otras palabras, esos trabajadores sufrían una ansiedad que merecía una indemnización.

El Tribunal Supremo prefirió devolver el caso al Tribunal Superior para que se pronunciara sobre la indemnización, pero su veredicto es un buen augurio para el resultado final de todo el procedimiento, y cabe esperar que la sentencia sirva de referencia para casos similares en otros países.

Ante el complejísimo reto de establecer pruebas epidemiológicas y jurídicas, el compromiso de las víctimas ha mantenido viva la lucha durante mucho tiempo, con la participación de un núcleo de demandantes en las reuniones preparatorias con abogados, expertos voluntarios y los activistas de TAVOI.

Los demandantes han desempeñado un papel clave en la recopilación de información y, cuando ha sido necesario, en el alivio de las tensiones dentro de sus filas, derivadas especialmente de la lentitud de los procedimientos y del pago de las indemnizaciones. Ya han utilizado parte de las indemnizaciones pagadas por los demandados para crear un fondo de ayuda a las víctimas de catástrofes similares.